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¿Estás pensando en opositar? El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (Agente de Justicia) es una de las opciones más interesantes y, al mismo tiempo, más desconocidas que oferta la administración pública. 

Se trata de uno de los puestos con mejores condiciones laborales, ofreciendo además garantías de promoción interna. En este post vamos a desarrollar los puntos fundamentales que dan cuerpo a estas convocatorias, para que conozcas todas sus peculiaridades y exigencias.

Índice de Contenidos

Funciones del cuerpo de tramitación procesal y administrativa

En base a lo que podemos encontrar en el artículo 477 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las funciones de este cuerpo de funcionarios son las siguientes:

  1. Tramitación general mediante la confección de documentos, actas, diligencias, notificaciones, etc. Así como copias de documentos y unión de los mismos a los expedientes.
  2. Registro y clasificación de la correspondencia.
  3. Formación de autos y expedientes, bajo supervisión del superior jerárquico.
  4. Confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de comunicación.
  5. Desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
  6. Comprobar que los medios técnicos necesarios para el proceso judicial se encuentren en condiciones de utilización, requiriendo, en su caso, la presencia de los servicios técnicos que corresponda, para permitir el adecuado funcionamiento de dichos dispositivos, poniendo en conocimiento del Letrado de la Administración de Justicia las anomalías detectadas que pudiera impedir la celebración de actos procesales.
  7. La posibilidad de ocupar puestos de las Unidades Administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las Relaciones de Puestos de Trabajos de las mismas.
  8. La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.

Requisitos de acceso al cuerpo de tramitación procesal

Para poder aspirar a una plaza deberás cumplir con los estos requisitos fundamentales:

  • Tener nacionalidad española
  • Tener dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Estar en posesión del título de Bachiller, equivalente o superiores. 
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el desempeño de las funciones que se atribuyen.
  • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten

Exámenes de tramitación procesal

Los exámenes se componen de distintos ejercicios, que deberán aprobarse para la obtención del puesto: 

Primer ejercicio

Un test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas sobre la materia en cuestión. En este bloque se alcanza un máximo de 60 puntos.

Las respuestas correctas suman 0.6, las incorrectas restan 0,15 y las no contestadas 0 puntos.

Segundo ejercicio

Un test de 20 preguntas referidas a un caso práctico planteado por el Tribunal de evaluación. En este bloque se alcanza un máximo de 20 puntos. 

Las respuestas correctas suman 1, las incorrectas restan 0,25 y las no contestadas 0 puntos.

Tercer ejercicio

Un test de 15 preguntas sobre Word, en el que se alcanza un máximo de 20 puntos. 

Las respuestas correctas suman 1.33, las incorrectas restan 0,33 y las no contestadas 0 puntos.

Además, se incluirá una prueba de mecanografía para reproducir unos textos que el Tribunal de evaluación determine, cumpliendo los requerimientos de presentación necesarios para tal hecho. 

Por otro lado, se puede recurrir a pruebas optativas destinadas a la evaluación del conocimiento de lenguas oficiales distintas al castellano, a fin de lograr una mayor puntuación. 

Modificaciones a tener en cuenta en los exámenes 

Los dos primeros bloques no han sufrido modificaciones a tener en cuenta, es decir, siguen siendo un test de 100 preguntas que abarcan el temario y un caso práctico de 20 cuestiones a resolver. 

La gran novedad reside en el examen de mecanografía y conocimientos sobre Word, que ha pasado a convertirse en una prueba teórico-práctica que pretende medir la profundidad del entendimiento sobre esta herramienta. Por lo tanto, ya no será necesario transcribir un texto en un lapso de 15 minutos, dándole formato y una correcta configuración, sino que en esta ocasión habrá que responder a 15 preguntas tipo test sobre ofimática con 2 de reserva en un tiempo máximo de 30 minutos. 

¿Qué sueldo se percibe en tramitación procesal? 

El dato que podemos aportar sobre el sueldo es siempre orientativo, ya que son varios los factores que acaban por determinar su cuantía, como los complementos por destino y los diferentes trienios acumulativos, así como la propia situación personal del funcionario.  

No obstante, podemos fijar el sueldo medio de los integrantes del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa entre los 1.400€ y 1.700€. 

Horarios y vacaciones en tramitación procesal

Lo más frecuente son las 37,5 horas semanales, con un total anual de 1.657 horas trabajadas. La jornada laboral se establece normalmente de 9 a 14.30 de lunes a viernes.

El resto de horas pueden ejecutarse de manera variable, entre las 7.30 y las 9 de lunes a viernes o entre las 14.30 y las 18 de lunes a jueves. Los viernes se permitirá el paréntesis entre las 14.30 y las 15.30, hasta completar el cupo. 

Del 16 de junio al 15 de septiembre la jornada será de 32 horas y media, de lunes a viernes entre las 9 y las 14.30, pudiendo hacerse el resto entre 8 y las 15.30 horas.

Las vacaciones se componen de 22 días hábiles por año (quedando fuera los sábados de esta consideración). Al menos la mitad de estas vacaciones deberán cogerse entre el 1 de junio y el 30 de septiembre.

Temario para tramitación procesal

    La Constitución española de 1978.

    Derecho de igualdad y no discriminación por razón de género.

    El Gobierno y la Administración.

    Organización territorial del Estado en la Constitución.

    La Unión Europea.

    El Poder Judicial.

    Examen de la organización y competencia del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de los Tribunales Superiores y de las Audiencias Provinciales.

    Examen de la organización y competencia.

    La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia.

    La modernización de la oficina judicial.

    El Letrado de la Administración de Justicia en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

    Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

    Los Cuerpos Generales (I).

    Los Cuerpos Generales (II).

    Libertad sindical.

    Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Procesos especiales en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    La jurisdicción voluntaria.

    Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

    Procedimiento de juicio sobre delitos leves.

    Recurso contencioso-administrativo.

    El proceso laboral.

    Recursos

    Los actos procesales.

    Las resoluciones de los órganos judiciales.

    Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: oficios y mandamientos.

    Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso.

    El Registro Civil.

    Actas del Registro.

    Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con la legislación vigente en materia de archivos judiciales.

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